Convalidaciones de módulos profesionales Curso 25/26
Las solicitudes de convalidación por estudios cursados de un determinado ciclo formativo requieren la matriculación previa en dichas enseñanzas.
Hasta que no se resuelvan las peticiones, los alumnos no podrán quedar exentos de los módulos profesionales cuya convalidación solicitaron.
Procedimiento
El alumno presentará la solicitud (y fotocopia de dicha solicitud) en la secretaría del centro en horario de Lunes, miércoles y viernes de 9:30 a 13.30 h. A la solicitud deberá adjuntarse certificación académica oficial de los estudios cursados. EL CERTIFICADO ACADÉMICO NO SERÁ NECESARIO APORTARLO SI LOS MÓDULOS SUPERADOS HAN SIDO CURSADOS EN ESTE MISMO CENTRO.
Plazos: Del 24 de septiembre hasta el 16 de octubre (ambos inclusive).
Normativa
La normativa que regula la convalidación de módulos de ciclos de Formación Profesional es la que se recoge en el Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, que modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, así como en la Orden 893/2022 de 29 de abril de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Estas normas deberán ser interpretadas conforme a la nueva regulación de la Formación Profesional que resulta de la entrada en vigor de la LOOIFP 3/2022 de 31 de marzo, así como del RD 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y el Decreto 21/2025 de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid